Estar a la vanguardia ha sido siempre nuestro objetivo, por eso te contamos que la nueva Ley DEA, Nº 19.496 exige que exista un desfibrilador automático externo en determinados recintos y establecimientos.

Nuestra empresa con más de diez años de experiencia en primeros auxilios, ya cuenta con este tipo de equipos y los pone a disposición de tu empresa, colegio o evento en modalidad de venta y/o comodato. En esta segunda modalidad, Pulsachile, se hace cargo de las capacitaciones del personal de tu institución respecto a su uso y de las mantenciones correspondientes para su correcto funcionamiento.

 

¿Sabes cuáles son los lugares incluidos en la ley? Aquí te dejamos el listado.

LEY DEA:

Los establecimientos que según la ley deben mantener sistemas de seguridad y vigilancia, articulo 15 de la ley Nº 19.496 son:

  1. Terminales de buses, puertos aeropuertos, estaciones de trenes subterráneos y de superficie.
  2. Casino de juegos, hoteles, moteles, hostales y residencias con capacidad igual o superior a 20 habitaciones.
  3. Recintos deportivos, gimnasios y otros con capacidad igual o superior a mil personas.
  4. Establecimientos educacionales de nivel básico, medio y superior.
  5. Centros de eventos, convenciones y ferias.
  6. Cines, teatros y parques de diversión.
  7. Centros de atención de salud.

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